NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS

Estimado cliente:

Como complemento a nuestra circular 4 colgada ayer, les hacemos unas aclaraciones en cuanto a las notificaciones electrónicas.

Notificaciones electrónicas
La notificaciones electrónicas producen efectos cuando se descargan o hayan transcurrido 10 días desde la puesta a disposición, en ambos casos los plazos resultante de estas notificaciones se regirán por lo indicado en las medidas de urgencia acordadas, esto supone que si se descarga después del 18 de marzo una notificación electrónica de un requerimiento, el plazo para contestarla se amplía hasta el 20 de mayo.